Cambios recientes en el régimen de titularidad real en las Islas Vírgenes Británicas (BVI): Inclusión de la Exención para Trustees Extranjeros y Acceso por Interés Legítimo
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- INTRODUCCIÓN
El Gobierno de las Islas Vírgenes Británicas (BVI) ha introducido cambios relevantes en su régimen de titularidad real o beneficiarios finales de compañías, con la publicación de nuevas regulaciones el 1 de julio de 2025. Estas medidas surgen luego de un extenso proceso de consulta iniciado a comienzos del año y tienen como objetivo alinear el marco normativo local con los estándares internacionales en materia de transparencia y lucha contra el lavado de activos. Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la inclusión de una exención para trustees extranjeros regulados, la clarificación de exenciones aplicables a fondos de inversión y subsidiarias de entidades listadas, y la definición de un nuevo procedimiento de acceso a información por interés legítimo, que entrará en vigencia a partir de abril de 2026.
- DESCRIPCIÓN DE LOS CAMBIOS PRINCIPALES
A partir de julio de 2025, las sociedades constituidas en BVI cuyas acciones sean titularizadas por un trust administrado por un trustee extranjero regulado para fines de prevención del lavado de activos están exentas de presentar información de titularidad real o beneficiario final ante el Registro de Asuntos Corporativos, siempre que dicho trustee esté sujeto a una regulación efectiva en su jurisdicción de origen, mantenga información actualizada y pueda entregarla dentro de las 24 horas de ser requerida. Esta exención reestablece una práctica que había sido eliminada transitoriamente con el traspaso del sistema BOSS al nuevo sistema VIRRGIN.
También quedan exentas de presentar información de titularidad real aquellas entidades que sean subsidiarias de un fondo de inversión regulado, ya sea en BVI o en el extranjero, de una empresa listada en una bolsa de valores reconocida o de aquellas donde un gobierno local o extranjero posea una participación superior al 50%. La condición es que la entidad madre mantenga registros adecuados y que la información pueda ser proporcionada dentro del plazo de 24 horas. Una aclaración importante es que dicha información no necesita mantenerse físicamente en BVI, siempre que pueda ser entregada a requerimiento de las autoridades.
Por otra parte, el nuevo régimen de acceso por interés legítimo entrará en vigor en abril de 2026. Este sistema permitirá que ciertos solicitantes accedan a información de titularidad real de entidades BVI mediante una solicitud electrónica presentada ante el Registro. El procedimiento incluye un plazo de doce días hábiles para que la solicitud sea procesada, la notificación a la entidad objetivo y un plazo adicional de cinco días para que dicha entidad pueda oponerse. Los datos que podrán ser revelados incluyen el nombre, nacionalidad, mes y año de nacimiento, así como el porcentaje de participación de aquellos beneficiarios finales que posean más del 25% de manera directa o indirecta. A partir del 1 de enero de 2026, también estará disponible la posibilidad de solicitar exenciones permanentes en casos debidamente justificados, tales como motivos de seguridad personal, protección de menores o intereses comerciales sensibles.
- IMPLICANCIAS PARA ESTRUCTURAS INTERNACIONALES
Estas reformas representan un avance significativo en términos de claridad normativa y facilitarán el cumplimiento regulatorio para estructuras fiduciarias internacionales o fondos de inversión que operan desde el extranjero. El reconocimiento de la equivalencia regulatoria de jurisdicciones extranjeras para fines de prevención del lavado de activos es un paso importante hacia la armonización internacional. Al mismo tiempo, se reduce la carga administrativa para estructuras que cumplen con altos estándares de transparencia y buen gobierno. El nuevo procedimiento de acceso por interés legítimo se presenta como un modelo equilibrado que permite el acceso a información sensible respetando la confidencialidad y el derecho de defensa de las partes involucradas.
- CONSIDERACIONES PRÁCTICAS Y RECOMENDACIONES
A la luz de estos cambios, recomendamos a nuestros clientes verificar el estado regulatorio de los trustees o fondos que participen en su estructura y confirmar que cumplen con los requisitos para ser considerados exentos. Asimismo, deberán revisar y actualizar las exenciones correspondientes en el sistema VIRRGIN conforme a las nuevas normas. Es aconsejable establecer procedimientos internos para responder a eventuales solicitudes de acceso por interés legítimo una vez que el sistema entre en operación en abril de 2026. Finalmente, en los casos que lo ameriten, se podrá evaluar la conveniencia de solicitar una exención permanente a partir de enero de 2026.
- CONCLUSIÓN
Las reformas introducidas en julio de 2025 al régimen de titularidad real de BVI constituyen un avance positivo que mejora la certeza legal para estructuras fiduciarias y fondos de inversión. Estas medidas posicionan a BVI en un lugar de mayor cumplimiento frente a los estándares internacionales sin comprometer innecesariamente la confidencialidad de los beneficiarios finales. Recomendamos a nuestros clientes revisar sus estructuras actuales a la luz de estas reformas y actualizar sus estrategias de cumplimiento y documentación según corresponda.
Elaborado por: Departamento Legal y de Cumplimiento Regulatorio
Informe realizado por el equipo de asesores de Insight Trust
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