Gracias a un correcto manejo sanitario y económico de la pandemia, la confianza que transmite la estabilidad del gobierno, y algunas condiciones favorables para obtener la residencia fiscal que se han aprobado en los últimos meses, Uruguay se ha convertido en un destino atractivo para que extranjeros vengan a radicarse en el país. A esta situación se le suma el próximo comienzo de la temporada de verano lo cual provoca un aumento considerable, sobre todo en residentes de países limítrofes, del interés por ingresar al Uruguay.
Si bien actualmente y a raíz del COVID-19 las fronteras uruguayas se encuentran cerradas, existen ciertas causales dictaminadas por el Poder Ejecutivo, que una vez cumplidas permite a los extranjeros obtener una autorización para ingresar al país.
Con fecha 24 de marzo de 2020 se promulgó el decreto 104/020 que estableció las causales de ingreso al país por parte de los extranjeros. Asimismo, este decreto sufrió futuras actualizaciones respecto de los protocolos que se debían seguir en cada caso.
¿Cuáles fueron las causales determinadas por el Poder Ejecutivo en Uruguay para ingresar al país?
1. Extranjeros residentes en el país.
2. Tripulaciones de aeronaves y prácticos de buques.
3. Choferes afectados al transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia, insumos y ayuda humanitaria y sanitaria.
4. Diplomáticos acreditados ante el gobierno uruguayo o ante Organismos Internacionales con sede en el país.
5. Extranjeros que se beneficien de corredor humanitario o sanitario establecido para el embarque o desembarque de cruceros, buques y aviones con base donde la autoridad sanitaria determine.
6. Brasileños que, demostrando su condición de fronterizos, ingresen a la República por la frontera Uruguay – Brasil y permanezcan en la ciudad fronteriza.
7. Casos manifiestamente fundados de protección internacional (Ley de Refugiados), los que deberán ser analizados, caso a caso, tomando particularmente en cuenta la situación de las personas que arriban por motivo de reunificación familiar con extranjeros que ya cuentan con residencia permanente en el país.
8. Situaciones debidamente justificadas de reunificación familiar (con padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores con discapacidad, o humanitarias no previstas en los demás literales.
9. Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales gestionados ante la Dirección Nacional de Migración por el Ministerio competente correspondiente al área de actividad involucrada y fundado en razones de necesidad impostergable.
En cuanto al protocolo a seguir, en términos generales se establece para aquellas personas que pretendan permanecer aquí:
¿Cómo se tramita en la practica el ingreso al país?
Nos enfocaremos en tres causales, tal vez las más solicitadas por aquellos extranjeros que ven al Uruguay como un país seguro donde invertir y radicarse, estas son:
Extranjeros residentes en Uruguay
Respecto de esta causal, es preciso mencionar que todas las personas que cuentan con la residencia legal uruguaya, ya sea en tramite o tramitada, estarán habilitadas a ingresar a el país.
En cuanto al trámite de residencia legal, podemos destacar que es posible iniciar gestiones ante el consulado uruguayo que se ubique en el país de residencia del interesado.
Situaciones debidamente justificadas de reunificación familiar
En este caso el trámite se gestiona directamente ante consulares dentro de la órbita del Ministerio del Interior (MI) o consulares dentro de la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores (MREE). Para solicitar el ingreso por esta causal se deben incluir los justificativos correspondientes, siendo los mismos analizados por el sector de consulares dentro del ministerio competente, y en caso de aprobarse el ingreso, se remitirá al interesado el documento con el cual se debe ingresar al país, el cual tiene validez por 30 días.
Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales
Dentro de esta causal podemos abarcar diversos aspectos por los cuales un individuo extranjero pueda estar interesado en ingresar al país, a continuación, detallaremos alguno de ellos:
De lo contrario, se deberá realizar el trámite ante el MREE, y se deberá proporcionar elementos de prueba que hagan entender a este que efectivamente existe una intención de invertir en inmuebles en el país.
También se tramitan ante el MREE las solicitudes de ingreso que refieren a otras inversiones, siempre enviando todos los elementos de prueba que hagan entender que efectivamente se tiene la intención de realizar una inversión en el país. Pueden quedar abarcadas aquí, las inversiones en empresas, la instalación de un negocio o emprendimiento o la realización de un proyecto de inversión.
Vale aclarar que siempre será la DNM quien se encargará de emitir la autorización correspondiente, por lo tanto, luego de que la gestión sea tramitada ante el Ministerio competente, será la DNM, ya sea otorgándosela directamente al interesado o al consulado uruguayo del país de residencia del extranjero, quien emita el certificado de autorización con una validez de 30 días.
Como comentario de interés, podemos agregar a lo antes dicho, que se espera para este mes una resolución por parte del Poder Ejecutivo uruguayo sobre la posibilidad de reducir los requisitos de cuarentena mencionados anteriormente con miras a la temporada de verano.
Por consultas respecto de cómo ingresar al Uruguay, y por asistencia en la gestión de la autorización remitirse al correo info@insight-trust.com y el equipo de Insight Trust especializado en este y otros asuntos con gusto los asistirá.
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