Portugal retira a Uruguay de su lista de paraísos fiscales
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El 5 de septiembre de 2025, Portugal emitió la Portaria n.º 292/2025/1, regulatoria de la lista de países, territorios o regiones que ostentan regímenes fiscales “claramente más favorables”.
¿Qué cambia?
- Se excluyen de esa lista a Uruguay, el Principado de Liechtenstein y la Región Administrativa Especial de Hong Kong.
- La novedad entra en vigor al día siguiente de la publicación, pero los efectos se producen a partir del 1° de enero de 2026.
¿Por qué este cambio?
La legislación portuguesa, en particular el artículo 63.º-D de la Ley General Tributaria (modificado por la Ley n.º 91/2017), exige que la lista se revise por la Autoridad Tributaria y Aduanera cuando lo soliciten jurisdicciones que ya no reúnan los criterios fijados para estar incluidos.
Uruguay, Hong Kong y Liechtenstein presentaron tales solicitudes formales, y se elaboraron dictámenes positivos que verifican que estas jurisdicciones ya no cumplen los criterios para ser consideradas como regímenes claramente más favorables en el contexto portugués.
También se señala que ninguna de estas jurisdicciones figura en la lista de jurisdicciones no cooperantes para efectos fiscales de la Unión Europea, lo cual refuerza su posición en muchos análisis internacionales.
Implicaciones prácticas: para contribuyentes, asesores y planificación internacional
Éstos son los puntos que conviene tener muy presentes:
- Efectos en obligaciones fiscales / cumplimiento
A partir de enero de 2026, Uruguay, Liechtenstein y Hong Kong ya no serán consideradas por Portugal como jurisdicciones con regímenes claramente más favorables. Esto puede liberar o modificar ciertas cargas fiscales, retenciones reforzadas, reglas de transparencia, precios de transferencia, reporte de beneficios, etc., para personas físicas o jurídicas que tengan estructuras que en dichos territorios. - Revisión de estructuras existentes
Quienes tengan holdings, tradings, subsidiarias, trusts, fondos, o inversiones estructuradas con base en esas jurisdicciones deben revisar sus esquemas con anticipación, para asegurar que no haya impactos adversos a partir del 2026 (por ejemplo en precios de transferencia, en impuestos fuente, requisitos de notificación). - Posible efecto en percepción internacional / reputacional
Al dejar de estar en la lista de regímenes claramente favorables, estas jurisdicciones mejoran su perfil de cumplimiento fiscal — lo cual puede tener efectos positivos en negociaciones de tratados, acuerdos de intercambio de información, etc. - Atención al calendario portugués
Aunque la portaria se publicó en septiembre de 2025, los efectos comienzan el 1 de enero de 2026. Es un plazo que debe aprovecharse para adaptar la planificación, preparar documentación, avisos legales, cambios contractuales, etc. - Impacto para planificación patrimonial
En el caso de estructuras patrimoniales con elementos de gestión, propiedad o residencia en Portugal o con vínculos fiscales con ese país, este cambio podría afectar la estrategia: dónde ubicar entidades, asegurar la transparencia, asegurar que los beneficios fiscales no dependan de regímenes que puedan dejar de estar reconocidos/disparados.
Informe realizado por el equipo de asesores de Insight Trust
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