Los directores de compañías en BVI serán públicos

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A continuación, enunciaremos los cambios más trascendentes y daremos algún lineamiento para poder tomar decisiones previamente a la entrada en vigor de las modificaciones normativas en BVI.

1. Registro público de directores

A través de la creación de un sistema denominado VIRGGIN, BVI exigirá, por intermedio de los Agentes Residentes, que a partir del 01 de enero de 2023 las entidades allí incorporadas comuniquen a dicho sistema quienes son los directores de las compañías.

Respecto de este asunto, es importante aclarar que:

  • El director a registrar será aquel que actualmente se encuentre ejerciendo dicho rol para la compañía y no quienes fueron directores anteriormente. 
  • No se ingresará la información referente al domicilio, ni la fecha de nacimiento del director. Es decir, el registro de directores completo, que actualmente se requiere presentar ante el registro en BVI (FSC), no será público.
  • El acceso a la plataforma VIRGGIN lo tendrán quienes se suscriban al mismo, y tendrá un costo periódico de suscripción.
  • La búsqueda de directores no se hará por el nombre del mismo, sino que debe realizarse la búsqueda por el nombre de la compañía, para luego obtener la información de quien es su director.

En caso de que las personas con compañías incorporadas en BVI deseen mantener la privacidad respecto del nombre del director, la mejor opción es contar con un director corporativo. En este sentido, Insight Trust ofrece dicho servicio desde hace mucho tiempo.

2. Presentación de estados contable

Si bien a las sociedades incorporadas en BVI ya les recaía la exigencia de contar con registros contables y la documentación de respaldo, por intermedio de las nuevas disposiciones dichas compañías deberán presentar a su Agente Registrado una declaración anual que incluirá información financiera especifica, respecto de la misma:

  • Deberá presentarse a partir del año 2024 y hasta 9 meses después del cierre del año fiscal o financiero de la compañía (puede no coincidir con el año calendario).
  • Deberá ser retenido por el Agente Registrado por al menos 5 años y estos tienen la obligación de notificar al FSC el incumplimiento de dicha obligación dentro de los 30 días de vencido el plazo para presentarlos.
  • Aún se desconoce el formato exacto que se utilizaría para comunicar está información, pero se espera que sea un simple balance en el cual se incluyan las pérdidas y las ganancias.

Una vez aprobado el formato en el cual se debe presentar la información financiera Insight y su equipo de profesionales capacitados en estos asuntos, puede ayudarlos con la elaboración de dicha información.

3. Cambios en el régimen de disolución y Struck-Off

Actualmente las compañías incorporadas en BVI son eliminadas del FSC, también conocido como proceso de Struck-off, principalmente por el no pago de sus obligaciones anuales o la renuncia del Agente Registrado. Si bien dicha eliminación se da de manera bastante rápida, la sociedad no es disuelta automáticamente por el FSC hasta que transcurran 7 años desde su eliminación del registro, permaneciendo en dicho periodo en un “limbo”.

Por intermedio de la nueva normativa, se establece que luego de transcurridos 90 días desde que la sociedad es eliminada del FSC se procederá con la disolución automática de pleno derecho.

Por lo tanto, a partir del surgimiento de esta nueva normativa, toma más trascendencia el hecho de revisar si se está al día con las obligaciones de la jurisdicción para que las compañías no sean disueltas rápidamente.

En consonancia con esta nueva disposición, se prevé para aquellas compañías que actualmente están en estado de Struck-Off tengan la posibilidad de ponerse al día en un periodo de 6 meses desde el 01 de enero de 2023.

Adicionalmente, se prevé la creación de un nuevo mecanismo de restauración de las sociedades disueltas, por un periodo de hasta 5 años luego de disuelta la compañía, el cual es mucho más ágil que el existente actualmente que se desarrolla mediante la Corte.

  • Algunos cambios referentes al liquidador

Anteriormente a los cambios mencionados, era posible designar cualquier liquidador para disolver una compañía de BVI, actualmente y luego de la enmienda realizada a la BCA se exige que dicho liquidador sea residente en BVI y que a su vez tenga experiencia comprobada para liquidar compañías allí.

Insight puede proporcionarles a los interesados en disolver sus compañías en BVI dicho servicio.

 

4. Registro de personas con control significativo

Se prevé mediante las enmiendas realizadas a la BCA la aprobación de futuras normas que posibiliten la registración con acceso público de las “Personas con Control Significativo” de las compañías establecidas en BVI.

Sin embargo, dicha registración con acceso público no está prevista que empiece a regir a partir del 2023, sino que se deberá estar atento a las nuevas disposiciones que BVI apruebe en el futuro para saber cuándo se hará efectiva la misma.

Actualmente los Agentes Registrados en BVI mantienen la información referente a los Beneficiarios Finales de las compañías allí incorporadas de manera privada.

En conclusión, y de acuerdo a los cambios aprobados por BVI en su BCA, las personas con compañías en BVI deberán prestar especial atención a los siguientes asuntos:

  • Preparación de los estados contables en el formato que se establezca oportunamente;
  • Analizar la conveniencia de cambiar directores;
  • Estar más atentos al pago de las anualidades para que las compañías no sean disueltas de pleno derecho.

Por cualquier de estos asuntos nuestro equipo de profesionales especializados puede asistirlos, en caso de requerir dicha asistencia puede comunicarse a través de nuestros correo info@insight-trust.com o comunicarse vía WhatsApp a través de nuestra web.