Impuesto al patrimonio en Uruguay

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Si bien el Impuesto al patrimonio (IP) es un impuesto poco aplicado a nivel mundial, este aún sigue aplicando en Uruguay. Por tal motivo, y teniendo en cuenta que al 31 de diciembre de cada año es cuando se toma la foto para el pago de dicho impuesto para la mayoría de los sujetos pasivos es que creemos oportuno refrescar algunos conceptos, y, sobre todo, ver las posibles medidas que puedan tomarse a efectos de posicionarse de la manera más eficiente posible frente al mismo.  

Definición

El IP comprende todos los bienes situados, colocados o utilizados económicamente en la República. No estando gravados, en principio, los activos situados fuera del país

Sujetos alcanzados

En esta oportunidad, nos vamos a enfocar en aquellas empresas de industria y comercio, dejando fuera al resto de los posibles sujetos pasivos de este impuesto que pueda haber en Uruguay.

Para las empresas, este impuesto, grava básicamente los activos en el país, valuados según normas fiscales, menos ciertos pasivos, al cierre del ejercicio económico anual, a una tasa del 1,5%. La gran mayoría de las empresas tiene su cierre económico anual el 31/12.

Activos gravados

Entre los principales activos gravados podemos encontrar a:

  • Depósitos en cuentas bancarias en bancos de plaza;
  • Inmuebles;
  • Vehículos;
  • Cuentas a cobrar a empresas locales.

Pasivos deducibles

Dentro de los principales pasivos deducibles podemos encontrar a:

  • El promedio en el ejercicio de los saldos a fin de mes de deudas contraídas en el país con ciertas instituciones financieras;
  • Deudas contraídas con proveedores locales de bienes y servicios siempre y cuando dicho proveedor sea contribuyente de este impuesto;
  • Las deudas por tributos no vencidos.

Aclaración, cuando una empresa tenga además de los activos gravados mencionados anteriormente, activos en el exterior y/o activos exentos, para determinar el monto imponible, sólo se puede deducir del activo gravado, el importe de las deudas que excedan el valor de dichos activos.

Sociedades Anónimas y el ICOSA

Las sociedades anónimas también se encuentran gravadas por el Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA) cuyo importe se toma a cuentas de los pagos de IP y está fijado para este ejercicio en UYU 18.938.

Anticipos ejercicio siguiente

Las empresas, además, deberán realizar anticipos a cuenta del impuesto correspondiente al 11% del impuesto anual. Para el caso de las sociedades anónimas, se resta a ese 11%, el monto mensual del ICOSA.

Abatimiento

El IP liquidado, puede compensarse hasta un 1% con el IRAE tributado en el mismo ejercicio.

¿Qué opciones tenemos para bajar el monto imponible del impuesto?

Lo más sencillo es bajar el saldo del depósito que tengamos en las cuentas bancarias de bancos de plaza y para ello se puede:

  • Transferir ese dinero a una cuenta de la empresa en el exterior en caso que la tenga;
  • Hablar con su institución financiera para ver la posibilidad de realizar alguna inversión de corto plazo en el exterior;
  • Comprar alguno de los activos exentos mencionados en el título 14 del IP como pueden ser:
    • Títulos de deuda pública, Nacional o Municipal;
    • Valores emitidos por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o el Banco Central del Uruguay (BCU);
    • Bonos y letras de tesorería;
    • Acciones, cuotas sociales y participaciones en el capital de sociedades contribuyentes del IP.

¿Cómo los podemos ayudar en Insight Trust?

Además del asesoramiento para la liquidación del impuesto, Insight Trust puede asistirlos en la apertura de una cuenta bancaria en el exterior. 

Por este y otros asuntos puede contactarnos a través del correo info@insight-trust.com