Uruguay abre sus fronteras para extranjeros

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Ante la evolución favorable de la pandemia en el Uruguay, principalmente producto de la fuerte campaña de vacunación impulsada por el Gobierno (al día de hoy se registra un porcentaje mayor al 70% de la población inmunizada con dos dosis de alguna de las vacunas contra el COVID-19, y ya cerca de un 10% de la misma cuenta con una tercera dosis de refuerzo del laboratorio Pfizer), se ha comenzado a flexibilizar gradualmente el ingreso de extranjeros a través de la apertura de las fronteras (tanto terrestres, como aéreas y marítimas).

A las ya conocidas excepciones que le permitían a los extranjeros ingresar al país (para conocer en detalle las causales ya existentes, puede visitar el siguiente link: https://insight-trust.com/ingreso-a-uruguay-en-pandemia/) se ha agregado una nueva causal por intermedio del Decreto 279/021 (para ver el Decreto hacer click aquí) emitido con fecha 26 de agosto de 2021, la que permite el ingreso al Uruguay, a partir del 01 de setiembre de 2021, de extranjeros, junto con sus familias, que posean propiedades de forma directa o indirecta en el país, que se encuentren completamente inmunizados y presenten un test PCR negativo al momento de su llegada.

A través de dicho Decreto se establece en su inciso “j” que podrán ingresar al país a partir del 01 de setiembre de 2021 los extranjeros que:

  • Posean propiedades inmuebles en el Uruguay de forma directa o indirecta, admitiendo en este último caso que:
    • Sean titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas dueñas de propiedades en Uruguay; o,
    • Beneficiarios finales de inmuebles ubicados en el país;
  • La propiedad del inmueble se deberá acreditar por intermedio de una certificación notarial expedida por Escribano Público o mediante declaración jurada;
  • Que acrediten haber recibido una inmunización completa contra el COVID-19 dentro de los últimos 6 meses previos al embarque o arribo al país y haber cumplido los plazos respectivos de espera para lograr la inmunidad;
  • Que presenten un test PCR negativo, realizado en su país de origen no antes de las 72 hrs de arribar al Uruguay, y que, al séptimo día de haberse realizado dicho test, se hagan uno nuevo en Uruguay (ambos test corren por cuenta del interesado) o en su defecto que guarden aislamiento social preventivo obligatorio durante catorce días contados desde su ingreso al país;
  • Además del propietario, podrán ingresar al país junto con él, su cónyuge o concubino, familiares de primer y segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos).

 

Por otra parte, se exige que quienes ingresen al país por esta causa, presenten el formulario que se anexa al decreto (Anexo I), y se establece que, en caso de ciudadanos extranjeros menores de 18 años de edad, que provengan de un país donde la vacunación aún no fue autorizada para su franja etaria, deban cumplir aislamiento conjuntamente con su familia.

Algunas precisiones en cuanto a las medidas sanitarias a tener en cuenta a la hora de arribar a Uruguay:

  • Los familiares mayores de edad que ingresen al país con el propietario del inmueble, deben estar completamente inmunizados y deberán realizarse además de un test PCR con resultado negativo previo al ingreso, un nuevo test PCR a los 7 días del último test presentado para el ingreso. De no realizarse este segundo test, deberán guardar cuarentena obligatoria por 14 días.
  • Los familiares menores de edad que ingresen con el propietario del inmueble, y que no hayan accedido a la inmunización en su país de origen, por no haber sido aprobada la misma en dicho país para su franja etaria, deberán guardar cuarentena por 14 días. Esta cuarentena podrá levantarse si al séptimo día de haberse realizado el test PCR en su país de origen se realizan una nueva prueba de PCR con resultado negativo.
  • Dependiendo de la edad de dichos menores pueden darse las siguientes situaciones:
    • Los niños mayores de 6 años y los adolescentes menores de 18 años podrán, a los 7 días de haberse realizado el primer hisopado en su país de origen, realizarse un segundo test o, en su defecto, mantener la cuarentena hasta cumplir 14 días desde su ingreso al país.
    • Los menores de 6 años estarán exentos de realizar cuarentena y testeo al séptimo día.

 

¿Cómo esta previsto que se realice el trámite?

Se ha comunicado por parte de las autoridades que la solicitud de ingreso por esta nueva causal se tramitará de forma online a través de la web  www.gub.uy/ingreso-uruguay-para-extranjeros, donde siguiendo el paso a paso se le requerirán al interesado los documentos exigidos por la normativa.

Para comenzar el tramite por dicha web se deberá contar previamente con un usuario digital el cual se tramita de manera sencilla a través de la web https://mi.iduruguay.gub.uy/registro.

Una vez aprobada la autorización de ingreso, se le comunicará al interesado vía correo electrónico (al correo por este ingresado al momento de la solicitud), adjuntándose en el mismo la autorización correspondiente y la misma tendrá una validez de 60 días a partir de su emisión

Asimismo, si bien aún no hay una normativa establecida y se pretende ver cómo evoluciona la etapa de apertura de fronteras mencionada, ya está anunciada por el Gobierno uruguayo la intención de abrir aún más las fronteras para el 01 de noviembre de 2021, permitiendo el ingreso al país de todos aquellos extranjeros completamente inmunizados que presenten un PCR negativo al ingresar.

Para obtener asistencia respecto de este y otros asuntos puede contactarnos al correo info@insight-trust.com y el equipo de Insight Trust los asistirá.